A partir del 1 de diciembre de 2024, se implementarán cambios significativos en las obras sociales de los monotributistas, con el objetivo de mejorar el acceso a la atención sanitaria.
El Decreto 955/2024 establece las siguientes modificaciones:
- Creación de un Registro de Agentes del Seguro de Salud
Se creará un registro donde podrán inscribirse las obras sociales y las empresas de medicina prepaga que deseen brindar atención a los monotributistas. Esta lista será la única opción disponible para los nuevos afiliados. La creación del registro busca mejorar la transparencia y facilitar la gestión del sistema de cobertura médica para monotributistas. - Limitación de ingreso por parte de las obras sociales
Las obras sociales podrán establecer restricciones sobre el ingreso de monotributistas pertenecientes a ciertas categorías, según su criterio.
Al limitar la inclusión de monotributistas sólo a aquellas entidades inscritas, se intenta regular la distribución de recursos y reducir la carga que los aportes de los monotributistas representan frente al costo de los servicios básicos.
- Estabilidad en la afiliación
Una vez que un monotributista elija una obra social, deberá permanecer en ella durante un período mínimo de 12 meses.
Solo los monotributistas que se encuentren en el régimen de Monotributo Promovido podrán optar por no afiliarse a una obra social.
En cambio, si el contribuyente está trabajando en relación de dependencia, es jubilado o realiza aportes a las cajas previsionales provinciales, no estará obligado a abonar el componente de obra social del Monotributo.
Otros detalles:
Hay que tener en cuenta que con la nueva normativa los monotributistas que se afilien a una obra social accederán al Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE), que cubre las prestaciones básicas de salud. Después de seis meses, la cobertura se ampliará, ofreciendo más prestaciones tanto para el titular como para su grupo familiar.
Es importante destacar que este decreto no modifica la cobertura de salud de los monotributistas que ya se encuentren adheridos al régimen simplificado, sino que aplica únicamente a los nuevos contribuyentes que se incorporen a partir del 1 de diciembre de 2024.
Con estas nuevas disposiciones, el sistema de salud argentino busca optimizar la gestión de recursos y la transparencia en la cobertura de los monotributistas, aunque resta ver en qué medida la aplicación de este decreto logrará satisfacer las necesidades de este sector en el acceso a la salud.
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