tributación empleadas domésticas y monotributistas

Tributación Argentina: Empleadas domésticas y Monotributistas

En términos de tributación, tanto empleadas domésticas como Monotributistas están sujetos a regulaciones fiscales específicas. Es por eso que, desde Tributo Simple, exploraremos las diferencias en la tributación de estos dos grupos.

Definiciones

En Argentina, la tributación es un tema clave tanto para las empleadas domésticas como para los individuos que optan por inscribirse en el Monotributo. Es esencial comenzar definiendo ambos términos.

¿Quién se considera empleada doméstica? Se considera empleada doméstica a toda trabajadora que preste servicios de asistencia personal y acompañamiento, se encargue del cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad, y/o realice en hogares particulares tareas como cuidado de niños y limpieza. Este tipo de empleadas según la ley 26.844 Resolución N°118/2021, no pueden inscribirse en el Monotributo.

¿Y los monotributistas? Son trabajadores autónomos o independientes que realizan actividades económicas de manera habitual, pero cuyos ingresos no superan ciertos límites establecidos por la AFIP.

Registración

Sabemos que el monotributista, por su parte, debe encargarse de registrarse en la AFIP por su cuenta. Mientras tanto, las empleadas domésticas deben ser registradas por sus empleadores bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Ingresos

En segundo lugar, difieren en cuanto a ingresos. La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social define el sueldo mínimo por hora de las empleadas domésticas en base a:

  • La cantidad de horas trabajadas (más o menos de 23 horas semanales)
  • La zona en la que prestan el servicio
  • El día de la semana
  • Si cuentan con una cama dentro del hogar en el que trabajan o no

El monotributista, por otro lado, puede facturar el monto que desee siempre y cuando realice su respectivo cambio de categoría cuando se exceda del límite establecido.

Impuestos

Asimismo, difieren en el pago de impuestos. Los monotributistas abonan un único pago mensual fijo que integra varios impuestos en uno. El valor de esta cuota corresponde a la categoría en la que se encuentra el contribuyente, la cual se determina según sus ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y otros parámetros específicos. Mientras tanto, los empleadores deben pagarle los aportes y contribuciones correspondientes (según sus horas trabajadas) a sus empleadas domésticas mensualmente. Aquí se incluyen: aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la jubilación y seguridad social; aportes a la Obra Social, es decir para permitirles acceder a servicios médicos; y aportes por Riesgos del Trabajo, destinados a cubrir posibles accidentes laborales. En resumen, los empleadores de empleadas domésticas son responsables de realizar los pagos correspondientes a los aportes y contribuciones, además del salario acordado. En cambio, los monotributistas son responsables de calcular y pagar sus propios impuestos, que se determinan en función de su actividad económica y sus ingresos.

Con respecto al vencimiento de los pagos de ambos regímenes, las contribuciones para empleadas domésticas se pagan a mes vencido con fecha límite del día 10 de cada mes para hacerlo sin intereses. La cuota del Monotributo, por su parte, es posible pagarla sin intereses hasta el último día del primer mes y luego pasa a tener fecha límite el día 20.

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