Para cualquier emprendedor, es esencial entender la diferencia entre boleta y factura, ya que estos documentos cumplen una función importante en la gestión contable y tributaria de un negocio. Ambos son comprobantes de pago utilizados para consignar información fiscal ante la Sunat y emitidos electrónicamente, pero cada uno tiene características y propósitos distintos. Por eso, hoy hablaremos de la diferencia entre boleta y factura.
Diferencias principales
Las diferencias principales entre ambos documentos radican en:
- Propósito: La boleta es un comprobante de pago sencillo, mientras que la factura tiene valor comercial y es obligatoria su emisión electrónica.
- Destinatario: La boleta se entrega al consumidor final, mientras que la factura está destinada a personas jurídicas o empresas.
- Datos del comprador: En las boletas, no es necesario incluir toda la información del comprador si el monto es inferior a 700 soles. En las facturas, por el contrario, es obligatorio detallar toda la información del comprador.
- Valor fiscal: La boleta no puede usarse para sustentar gastos tributarios, mientras que la factura sí lo permite para aquellos ligados al Impuesto a la Renta.
¿Cuándo se debe emitir una factura y cuándo una boleta?
Saber cuándo emitir una boleta o una factura es clave para cumplir con las normativas fiscales vigentes.
En primer lugar, usted debe emitir una boleta cuando:
- El cliente o usuario solicita la boleta después de realizar la compra.
- El monto total de la venta excede los 700 soles. Aquí es necesario incluir los datos de identificación del cliente, como nombre, apellidos y número de DNI.
- El total de la venta en la boleta supera los 350 soles, según las disposiciones del Reintegro Tributario para la Región Selva.
- El total de la venta sea mayor a $25 USD en transacciones realizadas en la Zona Comercial de Tacna.
Por otro lado, le corresponde emitir una factura en los siguientes casos:
- Operaciones entre empresas o personas que necesiten justificar costos o gastos para el Impuesto a la Renta y así poder acceder al crédito fiscal para la devolución del IGV.
- Ventas realizadas por negocios que están dentro del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS).
- Transacciones de exportación.
- Ventas efectuadas a entidades y empleadores del sector público.