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¿Qué es el Monotributo Tecnológico? – MonoTech

Conocé qué es el Monotributo Tecnológico o Mono-Tech. En el ámbito tributario argentino, se ha propuesto la implementación del Monotributo tecnológico, un régimen simplificado que abarca el impuesto a las ganancias, el impuesto al valor agregado y los aportes al sistema previsional.

Diseñado especialmente para pequeños contribuyentes tecnológicos, el Mono-Tech busca brindar beneficios fiscales y simplificar los trámites impositivos para aquellos que cumplen con ciertas condiciones.

Aunque todavía está en proceso de aprobación y reglamentación, este régimen podría ser una respuesta temporal a las necesidades de un mercado en crecimiento como lo es la industria del conocimiento.

Hay nuevas esperanzas para que los freelancers y contractors puedan ampliar el cupo de honorarios en dólares sin pesificar que actualmente se encuentra en USD 12.000 al año.

Atención:

Recordamos, que el Monotributo tecnológico es un régimen tributario simplificado que abarca el impuesto a las ganancias, impuesto al valor agregado y aportes al sistema previsional. No incluye los aportes a la obra social como si lo hace el Monotributo tradicional, estos pasan a ser optativos.

¿A quién está destinado?

El mismo esta destinado a los considerados pequeños contribuyentes tecnológicos, es decir, aquellos que cumplen con las siguientes condiciones:

     

      • Personas humanas residentes en el país.

       

        • Realizan actividades de la economía del conocimiento, como, por ejemplo, actividades de software, servicios informáticos digitales, producción audiovisual, entre otras.

         

          • Los servicios son desarrollados en el país cuya utilización o explotación se lleva a cabo en el exterior.

           

            • Los ingresos generados provienen del exterior y la sumatoria de los últimos 12 meses son inferiores o iguales a USD 30.000.

          Cuenta con 3 categorías:

             

              • Hasta u$s10.000: cuota vigente para la categoría D para servicios del Monotributo

               

                • Entre u$s10.000 y u$s20.000: cuota actual para la categoría F de servicios

                 

                  • Entre u$s20.000 y u$s30.000: cuota para la categoría H, la última para servicios

                No se contempla que personas jurídicas, es decir, empresas puedan participar del mismo

                El Monotributo tecnológico será compatible con el Régimen General, el Régimen Simplificado y empleados en relación de dependencia, siempre que la inscripción sea por desarrollar una actividad diferente a la realizada en los otros respectivos regímenes.

                Algunas normas cambiarias especiales a tener en cuenta:

                • Liquidación de divisas: Los sujetos inscriptos, durante el periodo de su inscripción, quedan exceptuados de la obligación de liquidar las divisas en el Mercado Libre Único de Cambios (MULC).

                • Cuentas bancarias especiales: Los ingresos deberán ser depositados en una cuenta especial en moneda extranjera, en los términos que establezca el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

                • Información entre organismos: La AFIP deberá notificar al BCRA la inscripción de los pequeños contribuyentes tecnológicos al régimen a fines de realizar las excepciones cambiarias.


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