La ARCA (Ex-Afip) definió quiénes pueden volver al monotributo (o Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes) tras las recientes modificaciones incluidas en la Ley Bases.
La Ley Bases incluyó muchos cambios para el Monotributo, entre ellos el aumento de los límites de facturación anual de las distintas categorías. Ahora bien, la ARCA (Ex-Afip) tuvo en consideración que, como consecuencia de esta medida, muchos contribuyentes podrían volver a encajar en los parámetros de este régimen.
¿Quiénes pueden volver al monotributo?
A continuación, detallamos tres motivos por los cuales tu Monotributo puede quedar inactivo, ya sea de forma voluntaria o automática por ARCA, y los plazos establecidos para volver al régimen.
· Exclusión o renuncia del Monotributo:
En caso de haber sido excluido del régimen simplificado, el contribuyente podrá optar nuevamente por el Monotributo una vez transcurridos tres años calendarios desde la fecha de exclusión.
Ejemplo: Pedro facturó $70.000.000 en 2024. Al haberse excedido del monto máximo de facturación permitido para el Monotributo, no podrá regresar al régimen simplificado hasta enero del 2028.
· Baja automática:
ARCA podrá realizar la baja automática del régimen en caso de no haber ingresado el impuesto o las cotizaciones previsionales fijas durante un período de 10 meses consecutivos. En este caso, el contribuyente podrá reincorporarse al Monotributo una vez que haya abonado la deuda pendiente. Cabe destacar que el trámite de reincorporación no es automático.
Ejemplo: Juan no abonó su obligación mensual desde enero/2024 hasta octubre/2024, por lo que su monotributo fue dado de baja automáticamente. Si Juan en noviembre/2024 paga las cuotas adeudadas o realiza un plan de facilidades de pago, podrá reincorporarse al régimen en dicho mes.
· Cese de actividades:
Si el contribuyente cesa su actividad, podrá adherirse nuevamente al Monotributo en cualquier momento, ya sea que retome la misma actividad o comience otra distinta.
Ejemplo: María tenía su emprendimiento de ropa, pero debido a problemas de salud, tuvo que dejarlo. En consecuencia, se dio de baja del monotributo en marzo de 2024 por cese de actividades. En julio de 2024, ya recuperada, comenzó un nuevo emprendimiento de velas y volvió a darse de alta en el monotributo sin inconvenientes.
¿Hasta cuándo tienen tiempo de solicitar su reingreso al Régimen Simplificado?
Para gozar de esta excepción, el contribuyente tiene tiempo de llevar a cabo el trámite hasta el 30 de septiembre de este año, inclusive. Este regreso tendrá efecto a partir del primer día del mes siguiente al que se haga la solicitud.