Si sos monotributista y realizás tus aportes a una obra social, es importante que conozcas cuáles son tus derechos. Todas las obras sociales habilitadas están obligadas por ley a brindar, como mínimo, la cobertura establecida por el Programa Médico Obligatorio (PMO).
El PMO representa el piso de prestaciones de salud que garantiza el sistema. Esto significa que, independientemente de la obra social que tengas, debés acceder a una cobertura básica que incluye:
- Consultas médicas.
- Estudios, análisis y diagnósticos.
- Internaciones y cirugías.
- Atención de urgencias y emergencias.
- Prestaciones de salud mental.
- Plan Materno Infantil.
- Medicamentos con los descuentos establecidos.
- Odontología básica y rehabilitación.
Si tu obra social no brinda alguna de estas prestaciones, primero podés realizar el reclamo correspondiente ante la propia entidad. Si no obtenés una respuesta satisfactoria, también tenés la posibilidad de presentar una denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
¿Obra social o prepaga?
Aunque muchas veces se utilizan como sinónimos, no son lo mismo.
La obra social forma parte del sistema de seguridad social y se financia con los aportes obligatorios. En cambio, una prepaga es una empresa privada de medicina que se contrata mediante el pago de una cuota mensual.
Ambas deben garantizar como mínimo las prestaciones del PMO, pero las prepagas suelen ofrecer planes superadores con una cartilla médica más amplia, habitaciones individuales, menor tiempo de espera para turnos y beneficios adicionales.
Muchos monotributistas eligen derivar los aportes de su obra social para acceder a una prepaga pagando una diferencia menor, mejorando así su cobertura médica sin perder el beneficio de sus aportes.
Cuadro comparativo obra social o prepaga:
| Obra Social | Prepaga |
|---|---|
| Está vinculada al sistema de seguridad social y se financia con aportes y contribuciones. | Es una empresa privada de medicina. |
| Los monotributistas pueden derivar su aporte mensual a una obra social habilitada. | Se contrata pagando una cuota privada. En algunos casos, podés derivar los aportes de tu obra social para reducir el costo. |
| Debe cubrir, como mínimo, el Programa Médico Obligatorio (PMO). | También debe garantizar, como mínimo, las prestaciones del PMO, aunque suele ofrecer planes con servicios adicionales. |
| Generalmente tiene menor costo. | Suele tener una cuota más alta, pero puede ofrecer una cartilla más amplia, habitaciones individuales, menores tiempos de espera y beneficios extra. |
En resumen:
- Obra social: cobertura básica obligatoria financiada con aportes.
- Prepaga: cobertura privada que, además del PMO, puede incluir servicios y beneficios adicionales según el plan contratado.
Muchas personas tienen una obra social y una prepaga al mismo tiempo: derivan sus aportes a la obra social y pagan una diferencia para acceder a un plan de medicina prepaga.
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