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“Monotributo y Alquileres: tradicionales o temporales en plataformas digitales”

¿Sos propietario de un inmueble y queres alquilarlo de forma tradicional o por plataformas digitales?

Si sos propietario de un inmueble que se encuentra alquilado, tenés que inscribirte en AFIP y cumplir con las obligaciones que te corresponden como locador. Recordá que mediante el régimen del Monotributo podes facturar la actividad cumpliendo con los requisitos legales.

Tené en cuenta que ya sea un departamento, casa, oficina, o local, no solamente alcanza con tener los contratos formales de alquiler, sino que también se deben pagar los impuestos correspondientes a esta actividad comercial.

El alquiler en Airbnb, los impuestos y el Monotributo

Si se alquila la propiedad a través de plataformas digitales sin estar inscripto en los impuestos nacionales y provinciales, cada vez que se alquile la AFIP retiene IVA e Impuesto a las Ganancias, y para que esto no pase, es conveniente inscribirse en el Monotributo.

Mediante el régimen del Monotributo, se puede facturar la actividad cumpliendo con los requisitos legales.

En tal sentido, corresponde la inscripción en el monotributo cuando:

1) La totalidad de tu facturación anual no supere límite máximo establecido para la categoría H

2) Tengas hasta tres unidades de explotación (cada inmueble alquilado constituye una unidad de explotación) o desarrolles hasta tres actividades económicas (No se consideran como tales el trabajo en relación de dependencia ni los beneficios por prestaciones previsionales).

Dadas estas condiciones e inscripto en el régimen simplificado, deberás:

  • Celebrar un contrato de alquiler.
  • Emitir comprobantes tipo “C”.
  • Declarar los inmuebles en la presentación de Bienes Personales.

Asimismo, es importante aclarar que si bien en algunas provincias el alquiler de inmuebles no paga Ingresos Brutos, en otras sí, y se deberá considerar para este impuesto la provincia en particular donde se ubiquen las unidades alquiladas, el importe de los alquileres y la legislación local para el cálculo.

¿Debo registrar el contrato de alquiler en AFIP?

Los propietarios deberán declarar los contratos en la web de AFIP. 

Deberán ingresar con Clave Fiscal a la opción “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE” donde completaran sus datos personales, los correspondientes al inquilino e inmueble, y deberán adjuntar una copia del contrato.

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