Es de público conocimiento que con la aprobación de la Ley Bases se integran ciertas modificaciones al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, como lo es la actualización de los límites de facturación anual de las categorías. La discusión ahora radica en la recategorización de julio 2024 del monotributo, considerando que estas modificaciones aún no se publicaron en el Boletín Oficial y la AFIP aún no actualizó la tabla en su página.
Es entonces, que resulta necesario hacer las siguientes aclaraciones:
- El período a considerar para la evaluación de los parámetros para la recategorización es del 01/07/2023 al 30/06/2024.
- La fecha de vencimiento de la recategorización de julio 2024 del monotributo debería ser el 22/07, pero en esta ocasión se prorrogó al 2/8.
- La tabla a tener en cuenta para la recategorización es la presentada en el siguiente enlace (recordá que el monto actualizado del impuesto integrado deberá empezar a abonarse desde el 1/8/2024). Hacé clic acá para ver la tabla actualizada.
Como es visible en la tabla, con esta ley se unificaron las actividades de locaciones, prestaciones de servicios, obras y ventas de bienes muebles en términos de los parámetros para permanecer en las categorías, extendiéndose todas hasta la categoría K. Igualmente, esta distinción se mantiene para el monto del impuesto integrado a abonar.